Casación No. 110-2011

Sentencia del 04/05/2012

“...Al respecto, y efectuado el estudio correspondiente, se establece que de conformidad con el artículo 21 del Decreto 61-94 del Congreso de la República, la fecha que éste entró en vigencia fue el uno de enero de mil novecientos noventa y cinco, en consecuencia, a partir de esa fecha dejó de tener vigencia la exención del impuesto sobre la renta contenida en el artículo 76 del decreto antes mencionado; es decir, el artículo 20 del Decreto 61-94 del Congreso de la República lo derogó a partir del año de mil novecientos noventa y cinco.
Lo anterior tiene especial relevancia para el presente caso, ya que la norma mencionada, es decir, el artículo 76 del Decreto 26-92 del Congreso de la República, establecía que los intereses de títulos valores públicos y privados que se hayan emitido y colocado hasta la fecha de publicación de esa ley, que estén exentos del impuesto sobre la renta, continuarán exentos de dicho impuesto, de acuerdo con lo dispuesto en las respectivas leyes o normas de emisión. Tomando en consideración que el período auditado por la Superintendencia de Bancos en relación al impuesto sobre la renta fue el de mil novecientos noventa y cuatro; lo que se deduce que aún se encontraba en vigencia la norma antes mencionada, por tanto el contribuyente gozaba del beneficio fiscal (exención) y no estaba afecto al impuesto sobre la renta como lo asevera el Ministerio de Finanzas Públicas...”